VETERANOS DE GUERRA * BATALLON INGENIEROS DE COMBATE 181 * CMTE LUIS PIEDRABUENA * PCIA SANTA CRUZ * ARGENTINA
  Orden del día
 

ORDEN DEL DÍA:

Sr. Presidente (Marino). — Entonces, corresponde considerar el dictamen de las comisiones de Defensa Nacional y de Presupuesto y Hacienda en distintos proyectos de ley de varios señores senadores por el que se crea en el ámbito del Ministerio de Defensa el Registro de Malvinas. Se aconseja aprobar otro proyecto de ley.

En consideración en general.

Tiene la palabra la señora senadora Perceval. Sra. Perceval. — Señor presidente: sobre el dictamen acordado, hemos resuelto que el artículo 4º se suprimiría de la votación, en concordancia con lo que hemos trabajado con los otros bloques. O sea, quedaría la votación sin el artículo 4º del dictamen.

Sr. Presidente (Marino). — Senador Martínez, ¿está de acuerdo? Sr. Martínez (Alfredo).— Sí.

Sra. Perceval. — Al mismo tiempo -y con esto termino-, un registro es un registro y no genera derecho alguno.

Sr. Presidente (Marino). — Tiene la palabra el señor senador Pichetto.

Sr. Pichetto.— Señor presidente: este es un registro, y me parece importante ratificar que se ha retirado el tema de la revisación médica, que fue un pedido que hizo el senador Lores. Fundamentalmente, aquí no queremos generar ninguna expectativa, lo digo para aquellos que en los pueblos incentivan a la gente y le piden plata. Queremos clarificar que esto es simplemente un registro para saber quién es quién. Lo tiene que hacer el Ministerio de Defensa; identificar quienes fueron movilizados y evaluar la situación. Esto es lo que estamos pidiendo desde hace mucho tiempo y esto es lo que estamos votando hoy.

Sr. Presidente (Marino). — Tiene la palabra el señor senador Biancalani.

Sr. Biancalani. — Señor presidente: hace 26 años, mientras estaba de guardia en el portón nº 1 del Grupo de Artillería 7º en Resistencia, Chaco, recibí a la estafeta cuando me anunció que las Malvinas eran Argentinas; el diario traía esa noticia. Allí empezó el alboroto; es decir, nos juntamos en el regimiento, llevamos las camionetas a la plaza central y empezamos con el júbilo que nos caracterizaba en ese momento. No nos dimos cuenta en ese momento, o no sabíamos, quiénes iban a estar en las islas, quiénes iban a ser movilizados y quiénes ibamos a quedar en destino. Hoy empiezo a entender la preocupación de nuestros abuelos, de gente que vino de Europa, como Biancalani de Italia, u otros de Checoeslovaquia o de Lituania, de la preocupación de haber enfrentado una guerra de la que nosotros no teníamos conocimiento. No entendíamos a nuestros padres; pero hoy, al tener hijos y saber lo valiosos que son, sí los entendemos.
Vivimos varias experiencias: momentos de júbilo, de desconcierto, de desazón. Vivimos la partida de nuestros camaradas al Sur. Vivimos las noticias de nuestros amigos que nos llegaban desde las islas, contando lo que estaba pasando; por ejemplo, el hundimiento del Belgrano. Vivimos las guardias de honor, de parte de quienes quedábamos en destino, a los soldados que traían desde las islas...

Sr. Presidente (Marino).— Disculpe, senador. Esta Presidencia solicita a los asistentes de los bloques que avisen a los respectivos senadores que bajen al recinto para no quedarnos sin quórum.

Justamente, mi miedo es que esta gran iniciativa no se pueda votar. De ninguna manera es mi intención reducir su tiempo en el uso de la palabra.

— Se llama para formar quórum.

Sr. Biancalani.— Cada uno, desde su lugar cumplió con sus funciones. Pero que les quede bien en claro que desde el lugar que nos tocó estar lo hicimos con total patriotismo.

Como considero que la creación del Registro de Malvinas será una herramienta fundamental para que se nos reconozca el rol que cumplimos en el destino asignado y el lugar histórico que nos cupo en la lucha por la defensa de nuestro país, solicito a mis colegas que voten afirmativamente este proyecto.

Sr. Presidente (Marino).— Tiene la palabra la señora senadora Perceval.

Sra. Perceval.— Simplemente quiero reafirmar el acuerdo logrado, que es el dictamen de comisión sobre el Registro de Malvinas, que no genera derecho alguno, y sin el artículo 4/.

Sr. Presidente (Marino).— Hay quórum.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general y en particular en una sola votación.

— Se practica la votación.

Sr. Secretario (Estrada). — Se registran 44 votos por la afirmativa.

— El resultado de la votación surge del Acta N/...21

Sr. Presidente (Marino). — Senador Rossi: sírvase manifestar su voto a viva voz. Sr. Rossi. — Afirmativo.

Sr. Secretario (Estrada). — En consecuencia, los votos afirmativos son 45. Unanimidad.

Sr. Presidente (Marino). — Queda sancionado el proyecto de ley. Se comunicará a la Honorable Cámara de Diputados.

Proyecto completo:

Artículo 1º.- Créase en el ámbito del Ministerio de Defensa el Registro Malvinas que tendrá como objetivo empadronar, clasificar y publicar la información de todos los combatientes que hayan intervenido en el Conflicto del Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.

Articulo 2º.- A los efectos de esta ley, se tienen presentes los conceptos y definiciones establecidas en los Tratados Internacionales de Derecho Internacional Humanitario o Derecho Internacional de los Conflictos Armados (DICA) oportunamente ratificados por la República Argentina, y cuyo rango legal está contemplado en la Constitución Nacional (arts. 31, 75 inc. 22 C.N.). Por todo ello, se entenderá por:
Fuerzas armadas de una parte en conflicto: todas las fuerzas, grupos y unidades armados y organizados, colocados bajo un mando responsable de la conducta de sus subordinados ante esa parte, aún cuando ésta esté representada por un gobierno o autoridad no reconocidos por una parte adversa.
Combatiente: miembro de las fuerzas armadas de una parte en conflicto que tiene derecho a participar directamente en las hostilidades (excluidos el personal sanitario y religioso)

Artículo 3º.- El Registro estará informatizado y deberá:

1) clasificar los combatientes según el siguiente criterio:

a) combatientes que cumplen con los requisitos de la Ley 23.848, sus ampliatorias y modificatorias,
b) combatientes que no alcanzan a cumplir con los requisitos de la Ley 23.848, sus ampliatorias y modificatorias,

i. combatientes que permanecieron en destino al norte del paralelo 42º.
ii. combatientes que fueron movilizados al sur del paralelo 42º.
iii. combatientes que permanecieron en destino al sur del paralelo 42º.

2) mantener un listado actualizado de las personas registradas,

3) publicar dicho listado en la página web del organismo.

Artículo 4º.- Las Fuerzas Armadas y de Seguridad proveerán al Ministerio de Defensa la información necesaria para la creación y actualización del Registro Malvinas.

Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

El archipiélago de Malvinas forma parte de la herencia territorial hispánica, luego de la declaración de independencia de nuestro país. Fue un 3 de enero de 1833 que se realizo la invasión ilegal por parte del Reino Unido de Gran Bretaña a las islas Malvinas. Y en 1840 las mismas fueron declaradas colonia de Gran Bretaña. Desde entonces, el Reino Unido ha cambiado sus argumentos sobre sus derechos sobre las islas. Cada vez que el argumento que sostienen cae por carecer de un fundamento sólido, adoptan uno nuevo.

Al no haber tenido éxito por casi ciento cincuenta años en las gestiones por vía diplomática para el reconocimiento de nuestros derechos sobre las islas y, ante un conflicto en las Islas Georgias, el gobierno militar de 1982 decidió la reconquista de las Islas Malvinas.
La llevó a cabo el 2 de abril de 1982, finalizando con la capitulación Argentina el 14 de junio de 1982. Cientos de jóvenes argentinos dejaron sus vidas en esas heladas y ventosas tierras. Otros tantos regresaron con enfermedades psicológicas, físicas y que aún hoy las padecen como consecuencia de una guerra durísima.

El objetivo de la presente ley es crear un Registro del Personal Afectado al Conflicto del Atlántico Sur, destinado a confeccionar la nómina, clasificarla y publicarla. La organización de los datos es una tarea prioritaria dentro de esta temática. Los listados confeccionados por las Fuerzas Armadas y de Seguridad son parciales a los efectos del Registro que se propone porque no contempla al personal que obedeciendo al cuerpo normativo realizó tareas de apoyo indispensables para las operaciones militares. Por ello, cualquier información o certificación que requieran el personal o familiares de los mismos resulta una tarea engorrosa que, realizarla lleva una considerable cantidad de tiempo. Dado que tenemos una necesidad evidente y también las herramientas informáticas para satisfacerla, la realización de dicho registro no representaría costos elevados y brindaría una gran solución para un relevante segmento de la población. Por todo lo expuesto solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.

Fabio D. Biancalani. -

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